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Declaración de la Renta 2025: Guía Completa para no cometer ningún error

Plazos, novedades, deducciones que el borrador no incluye y los errores más costosos. Todo lo que necesitas saber antes del 30 de junio de 2026.

Actualizado: Abril 2026 Lectura: ~10 min Autor: Equipo Fiscal ALYSA

Si estás leyendo esto, probablemente ya sabes que la campaña de la Renta 2025 está en marcha. Lo que quizá no sabes es cuánto dinero puedes ahorrarte — o cuánto podrías perder — simplemente por confirmar el borrador sin revisarlo o por no conocer las novedades de este año.

En Grupo Asesor ALYSA llevamos más de 25 años acompañando a empresas, autónomos y particulares en Madrid en sus declaraciones del IRPF. Cada campaña vemos los mismos errores repetirse. Esta guía existe para que tú no los cometas.

💡 Consejo ALYSA Se espera que más de 21 millones de personas presenten su declaración en esta campaña. Solo los que revisen su borrador con atención pueden aprovechar todas las deducciones a las que tienen derecho.

¿Cuándo se presenta la Declaración de la Renta 2025? Calendario completo

La campaña de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2025 se presenta en 2026. Este dato confunde a muchos contribuyentes. La clave es simple: declaras ahora los ingresos que obtuviste durante el año pasado.

ModalidadInicioFin
Por Internet (Renta WEB / Renta Directa)8 de abril 202630 de junio 2026Disponible ya
Por teléfono (Plan «Le Llamamos»)6 de mayo 202630 de junio 2026Cita desde 29 abril
Presencial en oficinas AEAT1 de junio 202630 de junio 2026Cita desde 29 mayo
Domiciliación bancaria (resultado a ingresar)8 de abril 202625 de junio 2026¡Fecha diferente!
🚨 Atención — fecha trampa Si tu declaración sale a pagar y quieres domiciliar el pago, el plazo finaliza el 25 de junio, no el 30. Es el error más frecuente que genera recargos automáticos. Marcad esta fecha en el calendario ahora.

¿Quién está obligado a presentar la Renta 2025?

Esta es la primera pregunta que nos hacen cada año. La norma general es clara, pero tiene muchos matices:

Trabajadores por cuenta ajena

No tienen obligación de declarar si percibieron rentas del trabajo inferiores a 22.000 euros anuales procedentes de un único pagador. Sin embargo, si tuviste dos o más pagadores (por ejemplo, cambiaste de trabajo), el límite baja considerablemente y en muchos casos la declaración saldrá a pagar aunque siempre te hubieran devuelto. Revísalo con un profesional antes de asumir que no tienes que declarar.

Autónomos

Los trabajadores autónomos están obligados a declarar siempre, con independencia de sus ingresos. Esta obligación se consolidó con la implantación del nuevo sistema de cotización por ingresos reales del RETA y se aplica plenamente en la Renta 2025.

Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV)

Los perceptores del IMV tienen obligación de presentar la declaración, independientemente de cuál sea el importe percibido. Es obligatorio aunque la declaración salga negativa.

¿Tienes dudas sobre si estás obligado?

Cuéntanos tu situación y te respondemos sin compromiso. Llevamos 25 años resolviendo exactamente estas dudas para empresas y particulares en Madrid.

Consulta gratuita →

Novedades de la Declaración de la Renta 2025 que debes conocer

Cada año el modelo del IRPF incorpora cambios. En la Renta 2025 hay varios que afectan directamente a contribuyentes habituales y, sobre todo, a autónomos. Estos son los más relevantes:

1. Nuevas casillas para la regularización de cuotas del RETA

Con el nuevo sistema de cotización de autónomos por ingresos reales, la Seguridad Social realiza una liquidación anual de las cuotas. Si la regularización resulta a tu favor (devolución), deberás incluirlo como menor gasto deducible o como ingreso en las nuevas casillas específicas habilitadas en el modelo. Si la regularización resulta en tu contra (cuota adicional), podrás deducirla como gasto. Ignorar este apartado es uno de los errores más frecuentes de los autónomos esta campaña.

2. Autoliquidación rectificativa en lugar del modelo complementario

Desde 2025, si necesitas corregir un error en tu declaración ya presentada, el procedimiento cambia: se utiliza una autoliquidación rectificativa en lugar del anterior modelo complementario. Este cambio simplifica el proceso en muchos casos, pero requiere conocer el procedimiento correcto.

3. Nuevas casillas para rendimientos artísticos excepcionales

El modelo incorpora casillas específicas para la reducción del 30% aplicable a rendimientos artísticos excepcionales (tanto de trabajo como de actividades económicas). Si eres profesional del sector creativo o cultural, revisa este apartado con detalle.

4. Prórroga de límites de módulos (estimación objetiva)

Los límites cuantitativos excluyentes del régimen de estimación objetiva (módulos) se han prorrogado para 2025 y 2026: 250.000 euros para el conjunto de actividades y 125.000 euros para operaciones con obligación de expedir factura.

5. Exención de ayudas por incendios forestales de 2025

Las ayudas percibidas por daños personales derivados de los incendios forestales ocurridos entre el 23 de junio y el 25 de agosto de 2025 están declaradas exentas del IRPF. Si recibiste este tipo de ayudas, no debes incluirlas como ingreso.

Deducciones que el borrador no incluye (y que puedes estar perdiendo)

Este es, en nuestra experiencia de 25 años, el apartado donde más dinero se pierde. El borrador de la Agencia Tributaria no incluye automáticamente todas las deducciones a las que tienes derecho. Confirmar sin revisar puede costarte cientos o miles de euros.

Deducciones autonómicas de la Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid dispone de un catálogo amplio de deducciones propias que hay que añadir manualmente al borrador. Las más habituales incluyen: deducciones por nacimiento o adopción de hijos, por gastos educativos (colegios, libros, material), por alquiler de vivienda habitual para menores de 35 años, por cuidado de mayores dependientes, por donativos a fundaciones y asociaciones madrileñas, y por inversiones en empresas de nueva creación.

💡 Consejo ALYSA Solicita tu certificado de retenciones a todos tus pagadores, el resumen anual de tu hipoteca (si tienes deducción por inversión en vivienda habitual adquirida antes de 2013), y los justificantes de cualquier aportación a plan de pensiones o seguro de vida vinculado. Tenlos preparados antes de empezar.

Deducción por eficiencia energética en la vivienda

Si realizaste obras para mejorar la eficiencia energética de tu vivienda habitual en 2025 (cambio de ventanas, caldera, instalación de placas solares, mejora del aislamiento…), puedes aplicar deducciones de hasta el 60% de las cantidades invertidas según el tipo de mejora y el certificado energético obtenido. Esta deducción nunca aparece en el borrador y requiere documentación específica.

Deducción por aportaciones a planes de pensiones

El límite de reducción en la base imponible por aportaciones al plan de pensiones individual se mantiene en el menor de: el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas, o 1.500 euros anuales. Si tu empresa también realiza aportaciones, el límite conjunto puede llegar a 10.000 euros.

Los 6 errores más costosos de la Declaración de la Renta

Año tras año, en Grupo Asesor ALYSA vemos los mismos errores. Estos son los que más caro salen:

  1. Confirmar el borrador sin revisar las deducciones autonómicas. El borrador no las incluye automáticamente y puedes perder deducciones significativas.
  2. No declarar ingresos de segunda vivienda o alquiler vacacional. La AEAT cruza datos con la DGT, bancos y plataformas. La inspección detecta estas omisiones con facilidad.
  3. Olvidar imputar la regularización de cuotas del RETA (autónomos). En 2025 hay casillas específicas para esto.
  4. No incluir las ganancias patrimoniales por criptomonedas. Hacienda refuerza cada año el control de operaciones con criptoactivos. Declarar incorrectamente puede acarrear sanciones del 50% al 150% de la deuda.
  5. Presentar fuera de plazo. Aunque sea un solo día, genera recargos automáticos que son muy difíciles de reclamar posteriormente.
  6. Domiciliar el pago después del 25 de junio. Como señalamos en el calendario, la fecha límite para domiciliación es el 25 de junio, no el 30.

Preguntas frecuentes sobre la Renta 2025

Respondemos las dudas que más nos llegan cada campaña.

¿Puedo presentar la Renta 2025 desde el móvil?

Sí. La Agencia Tributaria dispone de la app oficial para iOS y Android desde la que puedes acceder a tu borrador, modificarlo y presentarlo. También puedes usar Renta Directa si tu situación es sencilla (un solo pagador, sin inmuebles ni actividades económicas). Si tu situación es más compleja, te recomendamos usar Renta WEB desde un ordenador o contar con un asesor.

¿Qué pasa si me sale a pagar y no tengo dinero para pagarlo todo?

Puedes solicitar el fraccionamiento del pago en dos plazos: el 60% en el momento de la presentación y el 40% restante el 5 de noviembre de 2026. Esta opción no genera intereses de demora y no requiere justificar la situación económica. Simplemente márcala al presentar la declaración.

Soy autónomo y tengo dudas con la regularización del RETA. ¿Qué hago?

La regularización de cuotas del RETA es una de las novedades más técnicas de esta campaña. Dependiendo de si la Seguridad Social te ha devuelto cuotas o te ha cobrado cuotas adicionales, el tratamiento fiscal es diferente y hay que imputarlo correctamente en las nuevas casillas del modelo. Te recomendamos no hacerlo sin asesoramiento profesional: el riesgo de error es alto y las consecuencias pueden ser costosas.

¿Merece la pena pagar a un asesor para hacer la Renta?

Para declaraciones sencillas (un pagador, sin inmuebles, sin inversiones), quizás no. Pero si eres autónomo, tienes inmuebles alquilados, tienes criptomonedas, has vendido una vivienda, tienes dos o más pagadores, o simplemente quieres asegurarte de no perder ninguna deducción autonómica, el coste del asesor se recupera con creces. En ALYSA ofrecemos una consulta gratuita inicial para valorar tu caso sin compromiso.

¿Cómo pido cita para que Hacienda me haga la declaración por teléfono?

La solicitud de cita para el servicio telefónico (Plan «Le Llamamos») está disponible desde el 29 de abril de 2026. Puedes pedirla a través de la sede electrónica de la AEAT o llamando al 91 553 00 71 / 901 22 33 44. Un técnico de Hacienda te llama en el horario que elijas para confeccionar y presentar la declaración en la misma llamada. El servicio está disponible hasta el 30 de junio.


Conclusión: el borrador es un punto de partida, no una sentencia

La Declaración de la Renta 2025 llega con novedades importantes para autónomos (regularización RETA), cambios en el procedimiento de rectificación y un catálogo de deducciones autonómicas que no aparecen automáticamente. Presentar sin revisar puede suponer perder cientos de euros de devolución o, peor, pagar más de lo necesario.

Si tu situación fiscal es compleja o simplemente quieres la tranquilidad de que todo está bien hecho, en Grupo Asesor ALYSA estamos a tu disposición. Con más de 25 años de experiencia en Madrid, gestionamos cada declaración como si fuera la nuestra.

📞 661 649 923 · ✉️ info@grupoasesoralysa.com · Av. de Alberto de Alcocer, 46, 5ºA, Madrid

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