Calendario Fiscal 2026 para Empresas y Autónomos: Fechas, Modelos y Obligaciones

Cumplir con Hacienda a tiempo no es solo una obligación legal: es una de las decisiones más importantes que puede tomar cualquier autónomo o empresa para proteger su negocio. Un retraso en la presentación de un modelo fiscal puede derivar en recargos, sanciones y, en los casos más graves, procedimientos de inspección que consumen tiempo, dinero y energía.

En Grupo Asesor ALYSA llevamos años acompañando a autónomos, pymes y grandes empresas en la gestión de sus obligaciones fiscales. Por eso hemos preparado este calendario fiscal 2026 completo, con todas las fechas clave, los modelos tributarios que debes presentar y las diferencias entre las obligaciones de personas físicas y sociedades.

Guárdalo, imprímelo o, mejor aún, déjanos gestionarlo por ti.

¿Prefieres no preocuparte por los plazos? Solicita una revisión gratuita de tus obligaciones fiscales con nuestro equipo y evita sanciones en 2026.

¿Por Qué Es Importante el Calendario Fiscal?

La Agencia Tributaria establece un calendario de obligaciones fiscales que varía según la forma jurídica del contribuyente, su actividad económica y su volumen de operaciones. No seguirlo tiene consecuencias directas:

  • Recargos por presentación extemporánea (entre el 1 % y el 20 % sobre la cuota).
  • Sanciones formales e infracciones tributarias.
  • Intereses de demora sobre las cantidades no ingresadas.
  • Inicio de procedimientos de comprobación o inspección.

Conocer con antelación cuándo hay que presentar cada declaración permite planificar la tesorería, evitar sorpresas y tomar decisiones estratégicas con tiempo suficiente. La diferencia entre una empresa que gestiona bien su fiscalidad y otra que no lo hace se nota, sobre todo, en los momentos de mayor carga tributaria: abril, julio, octubre y enero.

Tabla Resumen: Obligaciones Fiscales por Trimestres en 2026

A continuación encontrarás un resumen de los principales modelos tributarios agrupados por trimestre, con sus plazos habituales de presentación:

TrimestrePeríodoPlazo máximoModelos principalesQuién lo presenta
1T 2026Enero – Marzo20 de abril de 2026Mod. 303, 130, 131, 111, 115Autónomos y Sociedades
2T 2026Abril – Junio20 de julio de 2026Mod. 303, 130, 131, 111, 115Autónomos y Sociedades
3T 2026Julio – Septiembre20 de octubre de 2026Mod. 303, 130, 131, 111, 115Autónomos y Sociedades
4T 2026Octubre – Diciembre30 de enero de 2027Mod. 303, 390, 130, 131, 111, 190, 115, 180Autónomos y Sociedades
Anual / EspecialTodo el añoVarios (ver detalle)Mod. 200, 202, 347, 349, 720Principalmente Sociedades

* Los plazos pueden coincidir en fin de semana o festivo, lo que podría desplazarlos al siguiente día hábil. Consulta siempre el calendario oficial de la AEAT o contacta con tu asesor fiscal.

¿Gestionas todas estas declaraciones sin apoyo profesional? En ALYSA nos encargamos de todo: presentación, control de plazos y optimización fiscal. Habla con un asesor fiscal ahora y deja de preocuparte.

Calendario Fiscal 2026 Mes a Mes: Detalle Completo

A continuación detallamos las obligaciones fiscales más relevantes para autónomos y sociedades durante cada mes de 2026. Recuerda que el día 20 del mes siguiente al fin de trimestre es la fecha límite habitual para la mayoría de declaraciones trimestrales, aunque existen excepciones.

Enero 2026

Enero es uno de los meses con mayor carga fiscal del año. Se concentran los resúmenes anuales del ejercicio anterior y el primer período de pagos fraccionados del año.

  • Hasta el 20 de enero: Modelo 111 (retenciones e ingresos a cuenta del 4T 2025 – rendimientos del trabajo y actividades profesionales). Modelo 115 (retenciones sobre alquileres del 4T 2025).
  • Hasta el 30 de enero: Modelo 303 (IVA 4T 2025). Modelo 390 (resumen anual de IVA ejercicio 2025). Modelo 130 (pago fraccionado IRPF 4T 2025 – estimación directa). Modelo 131 (pago fraccionado IRPF 4T 2025 – estimación objetiva/módulos). Modelo 180 (resumen anual de retenciones sobre alquileres). Modelo 190 (resumen anual de retenciones sobre rendimientos del trabajo y profesionales). Modelo 347 (declaración anual de operaciones con terceros, ejercicio 2025 – presentación en febrero, pero preparación en enero).

Consejo ALYSA: Cierra el ejercicio 2025 antes del 15 de enero. Tener toda la contabilidad al día evita prisas y errores en los resúmenes anuales.

Febrero 2026

Febrero es un mes más tranquilo en cuanto a presentaciones, pero esencial para la organización contable y la preparación del año.

  • Hasta el 28 de febrero: Modelo 347 (declaración anual de operaciones con terceros superiores a 3.005,06 € en 2025). Modelo 349 (declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias del mes anterior o trimestre anterior, según periodicidad). Modelo 720 (declaración de bienes y derechos en el extranjero, si procede).

Consejo ALYSA: Revisa el listado de clientes y proveedores con los que hayas superado el umbral de 3.005,06 € durante 2025 para el Modelo 347.

Marzo 2026

  • Presentación mensual (grandes empresas): Modelo 303 IVA enero 2026 (hasta el 30 de marzo). Modelo 111 y 115 de febrero 2026.
  • Declaración del Impuesto sobre Sociedades (pago fraccionado): Modelo 202 – primer pago fraccionado del IS 2026 (hasta el 20 de marzo, para sociedades con ejercicio cerrado a 31 de diciembre).

Consejo ALYSA: Si tu empresa tiene obligación de presentar el Modelo 202, este es el momento de revisar la estimación de beneficios del ejercicio para no sobrepagar ni infrapagar.

Abril 2026

Abril marca el fin del primer trimestre y concentra las declaraciones trimestrales del período enero-marzo.

  • Hasta el 20 de abril: Modelo 303 (IVA 1T 2026). Modelo 130 (pago fraccionado IRPF 1T 2026 – estimación directa). Modelo 131 (pago fraccionado IRPF 1T 2026 – estimación objetiva). Modelo 111 (retenciones 1T 2026). Modelo 115 (retenciones alquileres 1T 2026).

Nota para autónomos en módulos: Si el rendimiento neto de la actividad en el primer trimestre ha variado significativamente respecto al año anterior, puede ser buen momento para estudiar un cambio de régimen con tu asesor.

Mayo 2026

  • Campaña de Renta y Patrimonio 2025: La AEAT habitualmente abre la campaña de la Renta en mayo. Los autónomos en estimación directa que obtuvieron rendimientos de actividades económicas deben prestar especial atención a la correcta imputación de ingresos y gastos deducibles.
  • Grandes empresas: Presentaciones mensuales de IVA, retenciones y otros modelos correspondientes a abril 2026.

Consejo ALYSA: No esperes al último día de la campaña de Renta. Si tienes actividad económica, la declaración requiere más información y tiempo de análisis.

Junio 2026

  • Hasta el 20 de junio: Modelo 202 – segundo pago fraccionado del IS 2026.
  • Campaña de Renta: Habitualmente finaliza a finales de junio. Es el último plazo para presentar la declaración del IRPF 2025 (tanto en positivo como en negativo o a devolver).
  • Impuesto sobre Patrimonio 2025: Se presenta conjuntamente con la Renta.

Recuerda: Si domicilias el pago de la Renta, el plazo de presentación puede ser algunos días anterior al de cierre de campaña. Consúltalo con tu gestor.

¿Llevas tú solo toda esta gestión? Externalizar tu asesoría fiscal con ALYSA te libera de esta carga y garantiza el cumplimiento de todos los plazos. Déjanos tu fiscalidad en manos de expertos y céntrate en hacer crecer tu negocio.

Julio 2026

Julio es el segundo gran mes de presentaciones trimestrales del año, correspondientes al período abril-junio.

  • Hasta el 20 de julio: Modelo 303 (IVA 2T 2026). Modelo 130 (pago fraccionado IRPF 2T 2026). Modelo 131 (módulos IRPF 2T 2026). Modelo 111 (retenciones 2T 2026). Modelo 115 (retenciones alquileres 2T 2026).
  • Impuesto sobre Sociedades: Modelo 200 – declaración anual del IS ejercicio 2025 (plazo habitual: 25 días naturales después de los 6 meses posteriores al cierre del ejercicio; para ejercicios cerrados a 31/12/2025, hasta el 25 de julio de 2026).

Consejo ALYSA: El Modelo 200 es una de las declaraciones más complejas del año. Prepara toda la documentación contable y fiscal con antelación y no lo dejes para el último momento.

Agosto 2026

  • Agosto es un mes de menor actividad tributaria para la mayoría de autónomos y pymes. Sin embargo, las grandes empresas con declaración mensual de IVA deben seguir cumpliendo sus obligaciones periódicas.
  • Es el momento ideal para hacer una revisión de la situación fiscal del ejercicio, ajustar provisiones y planificar el cuarto trimestre.

Recomendación: Aprovecha agosto para revisar con tu asesor el resultado estimado del año y evaluar si es necesario ajustar pagos fraccionados o adoptar decisiones fiscales antes de fin de año.

Septiembre 2026

  • Hasta el 20 de septiembre: Modelo 202 – tercer pago fraccionado del IS 2026.
  • Grandes empresas: Presentaciones mensuales de IVA y retenciones correspondientes a agosto.

Consejo ALYSA: Septiembre es un buen mes para revisar si las estimaciones de beneficios siguen siendo correctas y ajustar el Modelo 202 si fuera necesario, evitando así un pago excesivo o insuficiente.

Octubre 2026

Octubre cierra el tercer trimestre del año y concentra las declaraciones del período julio-septiembre.

  • Hasta el 20 de octubre: Modelo 303 (IVA 3T 2026). Modelo 130 (pago fraccionado IRPF 3T 2026). Modelo 131 (módulos IRPF 3T 2026). Modelo 111 (retenciones 3T 2026). Modelo 115 (retenciones alquileres 3T 2026).

Recuerda que octubre es también el inicio del último tramo del año. Con solo tres meses por delante, todavía es posible tomar decisiones que optimicen la factura fiscal de 2026.

Noviembre 2026

  • Hasta el 20 de noviembre: Modelo 202 – cuarto pago fraccionado del IS 2026 (modalidad art. 40.3 LIS). Modelo 111 y 115 (retenciones de octubre para grandes empresas con periodicidad mensual).
  • Noviembre es el mes clave para la planificación fiscal de cierre de ejercicio: amortizaciones, provisiones, inversiones deducibles y aportaciones a planes de pensiones.

Consejo ALYSA: Si realizas inversiones deducibles antes del 31 de diciembre, reducirás la base imponible del IS o del IRPF del ejercicio 2026. Planifícalo con tiempo.

Diciembre 2026

  • Diciembre no concentra grandes presentaciones para la mayoría de contribuyentes, pero es el mes de cierre del ejercicio fiscal.
  • Es el momento de revisar la contabilidad, regularizar stocks, registrar todas las facturas pendientes y preparar la documentación para las declaraciones de enero y febrero de 2027.
  • Grandes empresas: Modelo 303 de noviembre (hasta el 30 de diciembre) y retenciones mensuales.

Recomendación final del año: Realiza un cierre contable provisional en diciembre. Cuanto más ordenada tengas la contabilidad a 31 de diciembre, más ágil y preciso será el inicio del nuevo ejercicio.

Autónomos vs. Sociedades: Diferencias en las Obligaciones Fiscales

No todas las obligaciones fiscales son iguales para autónomos y para personas jurídicas. Estas son las diferencias más relevantes:

Obligaciones específicas de autónomos (personas físicas)

  • Tributan por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), no por el Impuesto sobre Sociedades.
  • Presentan pagos fraccionados trimestrales mediante el Modelo 130 (estimación directa) o el Modelo 131 (módulos).
  • Están obligados a presentar la declaración anual de la Renta si superan los umbrales establecidos por la ley.
  • Si tienen trabajadores a su cargo o contratan servicios profesionales, también presentan el Modelo 111 y el Modelo 190.
  • Si están en régimen de IVA general, presentan el Modelo 303 y el Modelo 390.

Obligaciones específicas de sociedades (personas jurídicas)

  • Tributan por el Impuesto sobre Sociedades (IS) mediante el Modelo 200 (declaración anual) y el Modelo 202 (pagos fraccionados).
  • No presentan Modelo 130 ni Modelo 131 de IRPF.
  • Están obligadas al depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil.
  • Las sociedades que superan determinados volúmenes de facturación pueden tener obligación de presentar declaraciones mensuales de IVA en lugar de trimestrales.
  • Las operaciones vinculadas entre socios y sociedad requieren documentación específica.

Consecuencias de Presentar Fuera de Plazo

Presentar una declaración después del plazo establecido por la AEAT tiene consecuencias económicas directas que conviene conocer:

Recargos por presentación extemporánea (sin requerimiento previo)

  • Hasta 3 meses de retraso: recargo del 5 %.
  • Entre 3 y 6 meses: recargo del 10 %.
  • Entre 6 y 12 meses: recargo del 15 %.
  • Más de 12 meses: recargo del 20 % más intereses de demora.

Sanciones si hay requerimiento previo de Hacienda

Si la AEAT detecta la falta de presentación y realiza un requerimiento formal, las sanciones son más graves: pueden oscilar entre el 50 % y el 150 % de la cuota no ingresada, dependiendo de si existe ocultación, uso de medios fraudulentos o reincidencia.

Intereses de demora

Sobre cualquier cantidad no ingresada en plazo se aplican intereses de demora al tipo vigente establecido cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

La mejor manera de evitar todas estas consecuencias es contar con un sistema de alertas y un equipo profesional que gestione los plazos por ti. En ALYSA implementamos sistemas de control de vencimientos para que ninguna fecha se escape.

Recomendaciones Prácticas para Gestionar tu Calendario Fiscal

Configura recordatorios con antelación

No esperes a que llegue la fecha límite para empezar a recopilar información. Establece alertas en tu calendario con al menos 15 días de antelación a cada vencimiento. Muchos errores fiscales no se producen por desconocimiento, sino por falta de tiempo para revisar.

Mantén tu contabilidad al día

Una contabilidad actualizada mes a mes permite calcular con precisión los impuestos a pagar, detectar discrepancias a tiempo y tomar decisiones de planificación fiscal con datos reales. Dejar la contabilidad para el final del trimestre multiplica el riesgo de errores.

Digitaliza tu gestión documental

El uso de software de facturación y gestión contable facilita enormemente el cumplimiento fiscal. Herramientas como los sistemas de facturación electrónica, que serán obligatorios para empresas y autónomos en los próximos ejercicios, permiten registrar operaciones en tiempo real y generar los datos necesarios para las declaraciones de forma automática.

Considera externalizar tu asesoría fiscal

Externalizar la gestión fiscal a un equipo de profesionales especializados no es un gasto, es una inversión. Un buen asesor fiscal identifica deducciones y bonificaciones que compensan su coste, garantiza el cumplimiento normativo y libera tiempo del empresario para centrarse en su actividad principal. En ALYSA ofrecemos servicios integrales de asesoría fiscal, asesoría laboral y asesoría contable adaptados a cada tipo de negocio.

Cómo Puede Ayudarte Grupo Asesor ALYSA en 2026

En Grupo Asesor ALYSA somos mucho más que un servicio de presentación de impuestos. Nuestro equipo de asesores fiscales, contables y laborales trabaja de forma proactiva para que cada cliente esté siempre al corriente de sus obligaciones y aproveche al máximo las oportunidades que ofrece la normativa fiscal vigente.

Estas son algunas de las formas en las que te ayudamos:

  • Control de plazos: Nos encargamos de que ninguna fecha de presentación se pase por alto, con sistemas de alerta y seguimiento personalizado para cada cliente.
  • Presentación de todos los modelos: Desde el Modelo 303 hasta el Modelo 200, nos ocupamos de la preparación, revisión y presentación de todas tus declaraciones fiscales.
  • Planificación fiscal proactiva: Analizamos tu situación para identificar vías legales de optimización: amortizaciones aceleradas, deducciones por I+D, incentivos a pymes, regímenes especiales, etc.
  • Asesoramiento en inspecciones: Si recibes una notificación de Hacienda, nuestro equipo te representa y defiende tus intereses ante la Agencia Tributaria.
  • Digitalización y automatización: Te ayudamos a implementar herramientas digitales de gestión contable y documental que faciliten el cumplimiento normativo futuro, incluyendo la adaptación a la facturación electrónica obligatoria.

No dejes tu fiscalidad al azar en 2026

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Preguntas Frecuentes sobre el Calendario Fiscal 2026

¿Cuándo se presenta el IVA trimestral en 2026?

El IVA trimestral (Modelo 303) se presenta cuatro veces al año: hasta el 20 de abril (primer trimestre), hasta el 20 de julio (segundo trimestre), hasta el 20 de octubre (tercer trimestre) y hasta el 30 de enero de 2027 (cuarto trimestre). Las grandes empresas con declaración mensual tienen sus propios plazos específicos.

¿Qué modelos debe presentar un autónomo en 2026?

Un autónomo con actividad económica y trabajadores a su cargo presentará habitualmente los Modelos 303 (IVA), 130 o 131 (pagos fraccionados de IRPF), 111 (retenciones a trabajadores y profesionales), 115 (retenciones sobre alquileres, si procede), 390 (resumen anual de IVA) y 190 (resumen anual de retenciones). La declaración de la Renta (Modelo 100) se presenta en la campaña de mayo-junio de 2027 por los rendimientos de 2026.

¿Cuál es la diferencia entre el Modelo 130 y el Modelo 131?

Ambos son pagos fraccionados trimestrales del IRPF para autónomos, pero difieren en el régimen de estimación aplicable. El Modelo 130 corresponde a la estimación directa (normal o simplificada), donde el autónomo tributa en función de sus ingresos y gastos reales. El Modelo 131 corresponde a la estimación objetiva o por módulos, donde el rendimiento se calcula mediante indicadores objetivos como el número de trabajadores, los metros del local o la potencia instalada.

¿Qué ocurre si presento un modelo fuera de plazo?

Si presentas una declaración fuera de plazo de forma voluntaria (sin requerimiento previo de Hacienda), se aplicarán recargos que van del 5 % al 20 % en función del tiempo transcurrido desde el vencimiento. Si la AEAT detecta la falta de presentación y te requiere formalmente, las sanciones pueden ser considerablemente más elevadas. En cualquier caso, es preferible regularizar la situación cuanto antes para minimizar el coste.

¿Cuándo presentan el Impuesto sobre Sociedades las empresas?

La declaración anual del Impuesto sobre Sociedades (Modelo 200) se presenta en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del ejercicio. Para sociedades con ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2025, el plazo habitual es hasta el 25 de julio de 2026. Además, las sociedades presentan pagos fraccionados (Modelo 202) en marzo, octubre y, en su caso, diciembre.

¿Qué es el Modelo 347 y quién está obligado a presentarlo?

El Modelo 347 es la declaración anual de operaciones con terceros. Están obligados a presentarlo los empresarios y profesionales que hayan realizado operaciones con una misma persona o entidad por un importe superior a 3.005,06 euros durante el año. Se presenta habitualmente en febrero del año siguiente al ejercicio declarado. Existen supuestos de exclusión, como las operaciones ya declaradas en otros modelos informativos.

¿El calendario fiscal es igual para todos los autónomos?

No exactamente. Las obligaciones varían en función del régimen de IVA aplicable (general, simplificado, recargo de equivalencia), del régimen de estimación en el IRPF (directa o módulos), de si el autónomo tiene trabajadores contratados, de si realiza operaciones intracomunitarias o con terceros, y del volumen de facturación. Por eso es importante analizar caso a caso con un asesor fiscal.

¿Puedo solicitar aplazamientos o fraccionamientos de mis impuestos?

Sí. La AEAT permite solicitar el aplazamiento o fraccionamiento del pago de determinadas deudas tributarias, siempre que se den los requisitos establecidos. Sin embargo, no todas las declaraciones son aplazables y la solicitud debe realizarse dentro del plazo voluntario de pago. En ALYSA te asesoramos sobre si esta opción es viable en tu caso y gestionamos la solicitud ante Hacienda.


Contenido elaborado por el equipo de asesores fiscales de Grupo Asesor ALYSA. La información contenida en esta página tiene carácter orientativo y se basa en la normativa vigente. Para una asesoría personalizada, contacta con nuestro equipo en grupoasesoralysa.com.

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